Protocolo antisoborno y prevención corrupción ALBADALEJO Rev00.pdf

Protocolo antisoborno

OBJETO

El objetivo de este documento es establecer en nuestra organización un protocolo para la adecuada prevención y atención del acoso laboral.

NUESTRO ENTORNO LABORAL COMO ESPACIO DE IGUALDAD SIN VIOLENCIA


ALBADALEJO ARTES GRAFICAS SL promueve un ambiente laboral no sexista, libre de toda violencia y en el que el respeto a la dignidad entre hombres y mujeres es imprescindible en el trato interpersonal, en la comunicación interna y en la decoración de los espacios de trabajo.

 

La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres dedica su artículo 48 a las medidas específicas para prevenir el acoso sexual y el acoso por razón de sexo en el trabajo, señalando que las empresas deberán promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo, y arbitrar procedimientos específicos para su prevención, facilitando a los trabajadores realizar denuncias o reclamaciones que hayan sido objeto de acoso.

 

Referido al acoso también hay que tener en cuenta La Ley 5/2005, de 20 de diciembre, Integral contra la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid establece en su título preliminar la necesidad de prevenir y combatir la violencia de género en sus diferentes causas, formas y manifestaciones, así como garantizar la asistencia y protección de las víctimas, con medidas de carácter integral. La Estrategia Madrileña contra la Violencia de Género (2016-2021) tiene como objetivo fundamental contribuir a la eliminación de la violencia de género en la Comunidad de Madrid.

 

ALBADALEJO ARTES GRAFICAS SL  pretende ser eficaz, rentable y competitiva y para ello desarrollamos un clima y un entorno laboral respetuoso con los derechos humanos y con la dignidad de las personas que trabajan en ella, este es un factor esencial para nuestro crecimiento y sostenibilidad.

 

EL ACOSO, TIPOS Y CONSECUENCIAS


El acoso sexual es una forma de discriminación por razón del género, tanto desde una perspectiva legal como en su concepto. Si bien los hombres pueden ser también objeto de acoso sexual, la realidad es que la mayoría de las víctimas son mujeres. El problema guarda relación con los roles atribuidos a los hombres y a las mujeres en la vida social y económica que, a su vez, directa o indirectamente, afecta a la situación de las mujeres en el mercado del trabajo.

 

·       Diferentes tipos de acoso laboral:

 

-   Acoso laboral descendente: Este acoso lo realiza una persona que se encuentra en un cargo superior.

-   Acoso laboral horizontal: Este tipo de acoso se produce entre compañeros de trabajo de la misma categoría. Existen diferentes motivos por el cual se produce este tipo de acoso, ya sea por competencia, celos, problemas personales o envidia.

-   Acoso laboral ascendente: El acoso lo produce una persona con un nivel jerárquico menor. Esta situación no es común, pero puede ocurrir. En general se produce cuando una persona entra a una empresa a un puesto directivo, pero no conoce bien los cargos directivos y la organización de dicha empresa.

 

·       Consecuencias

 

El acoso en el ámbito laboral provoca consecuencias negativas tanto para la persona que lo padece como para la empresa, con una quiebra de la salud laboral de la organización como:

 

·       Repercusiones físicas y psicológicas para la víctima.

·       Consecuencias laborales para la víctima perdiendo motivación en su trabajo.

·       Cambio de empleo de la víctima.

·       Menor productividad en la empresa.

·       Consecuencias administrativas y laborales para la empresa por no cumplir con su obligación de protección con sus trabajadores para evitar actitudes discriminatorias.

 

ACTUACIONES INADECUADAS

·       Evitar el espacio de riesgo.

·       Quitarle importancia al acoso.

·       Guardar silencio sobre el acoso padecido.

·       Soportar el acoso.

·       Renunciar al puesto de trabajo, con el fin de no estar expuesto/a la repetición del episodio de acoso.

COMO ACTUAR EN CASO DE ACOSO LABORAL

 

1.     Dirígete a la Gerencia para comunicarle verbalmente de forma confidencial la situación de acoso que padeces.

2.     Deberás cumplimentar el “Formulario de denuncia” que la dirección general te facilitará, (que mostramos a continuación).

3.     Si así lo solicitases, ALBADALEJO ARTES GRAFICAS SL tomará medidas cautelares para evitar cualquier tipo de represalia y así favorecer la investigación de los hechos.

4.     Podrás solicitar el apoyo de Servicios Sociales y Sanitarios que la empresa pondrá a tu disposición.

 

Si la denuncia presentada por acoso fuese falsa y quedase demostrada de ello, se te abrirá un Expediente disciplinario.

 

Se adjunta el formato del formulario de denuncia:

 

 

A LA ATENCIÓN DE LA COMISIÓN INSTRUCTORA DE PROCEDIMIENTOS POR ACOSO EN EL ENTORNO LABORAL

 

 

Ø NOMBRE Y APELLIDOS................................................................................................

Ø DNI............................................................................................................................

 

 

 


Ø NOMBRE Y APELLIDOS................................................................................................

Ø DNI..........................................................................................................................

 

 

 


Los hechos que se alegan como manifestación de acoso son los siguientes:

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En su caso, como posibles testimonios y medios de prueba para demostrar los hechos alegados

    se proponen los siguientes:

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......................................................................................................................................

 

En………………………, a……………. de……………… de .

Fdo-

 

PRESIDENTE/A DE LA COMISIÓN DE IGUALDAD DE LA EMPRESA

                  (Reverso de la denuncia)

 

El/La abajo firmante, se considera suficientemente informado/a de las siguientes circunstancias:

·       Que la empresa nombrará a una persona para que le ofrezca asesoramiento en todo el proceso a que pudiera dar lugar esta denuncia.

·       Que pueden tomarse medidas cautelares en la propia empresa para evitar cualquier tipo de represalia y favorecer la investigación de los hechos, si la parte denunciante así lo requiere.

·       Que puede solicitarse el apoyo de los Servicios Sociales y Sanitarios, si la parte denunciante así lo requiere.

·       Que todos los procesos que desarrolle la empresa estarán caracterizados por la privacidad, objetividad, imparcialidad, confidencialidad, no reiteración del relato de los hechos y máxima agilidad.

 

Como una primera valoración, la persona denunciante opta voluntariamente por uno de los siguientes procedimientos de intervención interna dentro de la empresa:

(Señálese el que proceda)

□ Proceso de mediación, para que cesen los hechos que constituyen el acoso, independiente de la sanción a la que hubiera lugar.

□ Solicitud de investigación y sanción de acuerdo con el Protocolo de actuación de la empresa.

 

Por otra parte, la persona abajo firmante queda informada de su responsabilidad al presentar esta denuncia, de forma que si finalmente se estableciera que la denuncia fue efectuada bajo el supuesto de mala fe, conllevaría la apertura de un Expediente disciplinario.

 

 

Fdo-

 

 

 

EL/LA DENUNCIANTE

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN ANTE UN ACOSO EN ENTORNO LABORAL

En ALBADALEJO ARTES GRAFICAS SL tenemos un procedimiento interno de respuesta que aborde adecuadamente el problema, favoreciendo los derechos de la víctima que focaliza la erradicación del acoso y penalizando al agresor/a.

 

El procedimiento que os proporcionaremos dará seguridad a tus quejas y alegaciones que serán tratadas con total seriedad, independencia y objetividad. Por ello:

·       Garantizamos un compromiso de apoyo, una atención temprana y asesoramiento de la víctima.

·       Garantizamos confidencialidad.

·       Garantizamos la privacidad.

·       Garantizamos la imparcialidad.

·       No será necesario la reiteración de la declaración de los hechos.

·       Protegeremos a la víctima para que no se produzca represalia alguna por parte de la persona denunciada.

·       Seremos rápidos en la intervención.

·       La persona denunciada tendrá la presunción de inocencia, informándole de los hechos que se le imputan, teniendo la posibilidad de contestar e intervenir en las partes del proceso.

Cuando se haya producido el acoso, será imprescindible:

1.     Presentación de la denuncia por escrito; a través de la dirección General te facilitaremos un “Formulario de denuncia” confeccionado por la Comisión de Igualdad, que se entregará en dicho departamento y nosotros lo entregaremos a la Comisión de Igualdad, quienes entregarán una copia a la persona denunciante.

2.     En dicha denuncia se harán constar los hechos, posibles testimonios de personas que conozcan los hechos y los posibles medios de prueba para demostrar los hechos alegados. En ella, la víctima será informada de los derechos y responsabilidad de esta.

3.     La denuncia se tramitará en la empresa., que en el plazo máximo de 12 días naturales desde el día de la presentación de la denuncia, presentaremos el Expediente del caso a la Comisión de Igualdad para su resolución.

4.     Posteriormente la Comisión de Igualdad elaborará el Informe final sobre el supuesto caso de acoso, que si considera oportuno, propondrá una sanción de acuerdo con lo contemplado en el Convenio Colectivo.

5.     Una vez que se cierre el caso, la Comisión de Igualdad supervisará la situación posterior de las personas que han intervenido, para verificar que no hay presencia de represalias.

6.     La empresa cursará el correspondiente Informe a la Comisión de Igualdad en el plazo de un mes después de comunicada la posible sanción a las partes.

7.     Si se estableciese que la denuncia fue realizada bajo el supuesto de mala fe, se abrirá un Expediente disciplinario contra la persona denunciante.